Proyecto que aumenta penas a conductores ebrios, pasa a segundo debate

Proyecto que aumenta penas a conductores ebrios, pasa a segundo debate
Imagen Ilustrativa. Cada día se registran más accidentes de tránsito en Panamá ocasionados por conductores borrachos. Foto/Redes Sociales

El documento establece que, quien cause la muerte de otro, será sancionado con pena de prisión de cinco a siete años.

De acuerdo con el proyecto N° 671 que modifica artículos del Código Penal y otras disposiciones,  si del hecho resulta la muerte de varias personas o la muerte de una persona, y la lesión de otras personas, la sanción será de cinco a ocho años de prisión.

La pena será aumentada hasta dos terceras partes cuando:

1. El autor cometa el hecho mientras conduce un equipo de carga pesada, corrosiva. inflamable o se trate de una sustancia de cualquier naturaleza que por su acción o difusión resulte peligrosa.

2. El autor cometa el hecho mientras conduce un vehículo bajo el efecto de bebidas alcohólicas. alucinógenas o sustancias que de cualquier forma sean alteradoras de sus facultades psíquicas yío fisiológicas. Adicionalmente, se impondrá la suspensión de la licencia por igual término de la pena

3. El autor cometa el hecho mientras conduce un vehículo utilizando un teléfono celular o cualquier otro aparato de comunicación. Adicionalmente, se impondrá la suspensión de la licencia por igual término de la pena.

4. El hecho ocurra por omisión o negligencia de las personas en quienes recaiga la obligación de garantizar las medidas de seguridad para los trabajadores y transeúntes, en las áreas de construcción.

Mientras que, el conductor que sea sorprendido en estado de embriaguez comprobada o intoxicación por estupefacientes, será sancionado dependiendo de la reincidencia de la violación de la siguiente manera:

l. Primera vez, multa de B/.350.00 Y la suspensión de la licencia por el tiempo determinado por el juez de la causa de conformidad con lo establecido en el Código Penal.

2. Segunda vez, multa de BI.700.00 Y la suspensión de la licencia por el tiempo determinado por el juez de la causa de conformidad con lo establecido en el Código Penal.

3. Tercera vez. multa de B/.1,000.00 Y cancelación definitiva de la licencia de conducir. Adicionalmente, deberá asistir a seml11anos y charlas según el tipo de intoxicación y completar trabajo comunitario.

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