Para solicitar el permiso de residente permanente, el extranjero deberá presentar los siguientes documentos: dos fotos tamaño carné, copia autenticada del pasaporte, declaración jurada, prueba de domicilio del responsable, historial de antecedentes policivos y penales, completar formularios de filiación o registro, paz y salvo nacional de rentas.
Los extranjeros en Panamá que hayan obtenido la renovación de sus permisos provisionales de regularización migratoria extraordinaria de 10 años o sus permisos de regularización migratoria general de 6 años, podrán optar por la permanencia definitiva.
Así consta en el Decreto Ejecutivo N° 249 del 10 de junio de 2019 publicado en Gaceta Oficial, mediante el cual se establece el procedimiento y los requisitos para optar por dicha permanencia.
Decreto Ejecutivo N° 249 de 10 de junio de 2019
Para solicitar el permiso de residente permanente, el extranjero deberá presentar los siguientes documentos: dos fotos tamaño carné, copia autenticada del pasaporte, declaración jurada, prueba de domicilio del responsable, historial de antecedentes policivos y penales, completar formularios de filiación o registro, paz y salvo nacional de rentas.
Los montos que deberán cancelar son los siguientes: nacionalidad con acuerdo de supresión de visado (B/.512.00); nacionalidades sin acuerdo de supresión de visado (B/.1,017.00); nacionalidades restringidas (B/.2,097.00); y nacionales de Venezuela (B/.512.00).
Serán exceptuados de este pago los menores de 12 años, los adultos de 85 años y los que sufran de enfermedades terminales.
Bueno. Es muy bueno.. Y pienso uno ya con la vida echa con hijos. Casada.. Y años aquí…. Llevando…. De acuerdos… La Ley dice…. Es posible….