Continúa análisis sobre marco regulatorio de la Cadena de Frío

Continúa análisis sobre marco regulatorio de la Cadena de Frío
Análisis de la norma en la Comisión de Asuntos Agropecuarios de la Asamblea. Foto/Asamblea.

Se busca mejorar la cadena de distribución y comercialización de productos alimenticios en Panamá.

La Comisión de Asuntos Agropecuarios, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario(MIDA), productores y la Cadena de Frío S.A. acordaron seguir examinado el Proyecto de Ley 353, que adiciona artículos a la ley 90 de 7 de noviembre de 2013, por medida de la cual se autoriza la creación de la Empresa Mercados Nacionales de la Cadena de Frío S.A. y establece su marco regulatorio.

El presidente de la subcomisión, diputado Manolo Ruíz, sostuvo que La instancia legislativa hará una visita   a “Merca Panamá” en los próximos días para las necesidades expuestas por cada uno de los productores, que han participado   en la reunión de trabajo.

Sostuvo que la Comisión busca una participación de todo el sector agrícola, consumidor y todas las instituciones que son parte del tema.

Para la Asociación de Comerciantes de Alimentos de Panamá, Yuri Morales, indicó que la propuesta toma en cuenta al productor nacional y a la familia panameña. No obstante, hizo la observación que la entidad debe contar con un transporte de carga refrigerada.

Por su parte, el diputado Fernando Arce dijo que la iniciativa busca crear la empresa de Mercados Nacionales de la Cadena de Frío para que haga la función de adquirir, procesar y distribuir los productos agropecuarios que se produce en el territorio Nacional.

La norma establece que para el desarrollo de sus actividades por Cadena de Frio, deberá adquirir, procesar, almacenar y o distribuir los productos agropecuarios alimenticios de cualquier naturaleza que sean cosechados
dentro del territorio nacional.

Sobre la distribución o comercialización de productos alimenticios en la Cadena de Frio, que no sean cosechados dentro del territorio nacional, plantea que podrá ser denunciado por cualquier ciudadano o productor nacional, ante Junta Directiva o Gerente General de la Cadena de Frio, precisando el lugar o lugares donde se produce este
incumplimiento de los fines previstos en la Empresa Mercados Nacionales de la Cadena de Frio.

Además, señala que la Junta Directora reglamentará las sanciones aplicables, por la distribución o comercialización de productos alimenticios en la Cadena de Frio, que no sean cosechados dentro del territorio nacional

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