Casas de Justicia de Paz, ¿ausentes o presentes?

Casas de Justicia de Paz, ¿ausentes o presentes?
Lcda. Karen Palacios, subdirectora de la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos. Foto,Mingob.

El nuevo método de justicia todavía adolece del nombramiento del personal idóneo para que las Casas de Justicia de Paz respondan a las necesidades de la población, en lo que se relaciona a mediación y solución de conflictos.

Con mucho esfuerzo las autoridades involucradas en el desenvolvimiento del nuevo sistema de justicia comunitaria buscan su fortalecimiento, aunque las críticas a la norma, todavía prevalecen, por cuanto consideran, no ha resultado como se esperaba.

El nuevo método de justicia todavía adolece del nombramiento del personal idóneo para que las Casas de Justicia de Paz respondan a las necesidades de la población, en lo que se relaciona a mediación y solución de conflictos.

Sobre este particular, conversamos con la subdirectora de la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DRAC) del Ministerio de Gobierno, Karen Palacios, quien reconoce la existencia de algunas falencias, pero dice, “es un nuevo sistema y los cambios no son fáciles”.

“En la medida en que la comunidad se logre sumar al proceso y con las personas idóneas en esos cargos, sobre todo realizando de manera ética una gestión en favor de todo el que necesita ese servicio, la justicia cumplirá el objetivo trazado para lo cual fue creada”, precisó Palacios.

Se requiere, no solamente la participación de las entidades que apoyan a este sistema o del Gobierno, sino del aporte de la población en general y esperemos que la justicia de paz rinda mejores resultados, porque es parte de ese proceso de seguimiento que se le viene dando, para evaluar cómo se está haciendo el trabajo, indicó.

Una de las críticas que hace la población, es a la deficiencia del personal idóneo en las llamadas Casas de Justicia de Paz, en cuanto a la aplicación de la justicia y la solución de los conflictos.

Existe una disparidad entre el nombramiento de los jueces de paz, en comparación a los mediadores, a pesar de que la Ley 16 de 17 de junio de 2016, hace referencia a que deben funcionar recíprocamente.

De acuerdo a la subdirectora de la DRAC actualmente se cuenta con un total de 497 jueces de paz nombrados, contra solamente 42 mediadores a nivel nacional, pero es del criterio que esto representa un gran avance, tomando en consideración que el actual sistema de justicia de Panamá comenzó a funcionar en el país, hace tres años en el Primer Circuito Judicial (1 de enero de 2018) y tres años y medio en los restantes circuitos.

La mayor parte de las Casas de Paz adolece de mediadores comunitarios y agregó, que, en estos primeros años del proceso, involucra un compromiso por parte de los municipios de nombrar a ese personal adecuado y capacitado que iba a estar a cargo de ese nuevo sistema.

Hay jueces por nombrar y, ante esta situación, dijo que algunos están a cargo de varios corregimientos, para suplir la carencia de esos nombramientos.

En lo que se relaciona con la preparación de los jueces de paz, señaló que, en su mayoría, debe tratarse de un jurista o un conocedor del derecho que debe tener dominio y conocimiento de la ley 16, y otras leyes especiales. Además, conocer la conciliación y manejo de diálogo pacífico de conflicto, porque va a lidiar con problemas de la comunidad.

En los distritos que son metropolitanos urbanos, como  Panamá, Panamá Oeste, San Miguelito, David y Colón, el juez de paz es un abogado y así lo plantea la norma.

Los distritos semi urbanos o rurales que, son 81 Municipios existentes en el país,  no se exige que sean abogados, sino que la ley determina que hayan cursado estudios universitarios, no necesarios en derecho.

Mientras que el mediador debe ser especialista en la resolución de conflictos y de estas herramientas que son universales por excelencia, como la mediación, saber escuchar, llegar a acuerdos utilizando muchas técnicas de comunicación adecuada. Estas personas deben ser nombradas por los municipios, aunque la ley habla de la posibilidad de personas voluntarias,  como existe en otros países.

Lo que tiene en el presente dijo Palacios, y, puede ser en parte de algunas de las situaciones que se están presentando, obedece a que la mayoría de las Casas de Paz no tiene mediadores comunitarios.

Aun así, y de acuerdo a las evaluaciones del Ministerio de Gobierno, se ha dado un gran avance, debido a que de 679 corregimientos en el país, 497 están nombrados.

Karen Palacios sobre el particular, hizo referencia a los  llamados que se hacen a las autoridades locales para que se pueda implementar de manera completa el nuevo modelo de justicia, donde el juez de paz tenga a su lado un mediador comunitario, “eso ayudaría a que el modelo que se creó para una justicia más expedita mucho más efectiva, pueda tener mejores resultados”.

El nombramiento de los mediadores comunitarios y jueces de paz en algunos municipios se encuentra pendiente para lograr que cumplan con el perfil que debe reunir un profesional a cargo de un lugar al que acuden los ciudadanos para recibir servicio de calidad.

Agregó que estos lugares son sitios para que el ciudadano recurra para recibir respuestas, pero lo más importante: soluciones. “Porque en un lugar en que no se escucha y no se trata de manera adecuada un conflicto, aparece una situación de riesgo y el incremento de casos o de violencia”, mencionó.

Argumentó que la justicia de paz fue creada para prevenir la violencia, de ahí que se habla de justicia de paz, es decir llevar soluciones a las comunidades de manera pacífica, aunque reconoce hay casos en que se puede mediar y en ese aspecto los jueces formados conocen la materia.

Hay casos, por el contrario, en que no se puede conciliar, ni mediar y deben adoptar los procedimientos que dice la ley, a través de medidas que incluyan sanciones, multas, trabajos comunitarios e incluso, en algunas coyunturas, privación de libertad, cuando las personas incumplen los mandatos establecidos en una audiencia  por el propio juez.

Palacios reconoce que las casas de paz, en su mayoría, utilizan los mismos espacios en que funcionaban las corregidurías, aunque hizo la salvedad, que algunos jueces han realizado el esfuerzo por mejorar algunas condiciones, en cuanto a distribución de espacios y demás.

Y en el interior del país, mencionó que en algunos lugares se construyeron casas de paz, dependiendo de las iniciativas de las autoridades locales porque son destinadas a proyectos municipales.

La ley prevé en su artículo 10 que el presupuesto, tanto salario, como rentas y gastos, corresponde a los municipios. “Cada municipio debe asumir en su presupuesto, lo que representa instalar una Casa de Paz con el presupuesto asignado, hasta tanto no haya modificaciones a la ley”, precisó la funcionaria del Mingob.

La entidad en la que labora ha promovido la práctica y mejoramiento de la Justicia de Paz por tratarse de un nuevo sistema que tiene como propósito mejorar las condiciones y devolver la capacidad de los conflictos de una manera adecuada, alejado de mecanismos arbitrarios, ni forzados, sino todo lo contrario, mediante una gestión dialogada y ordenada de todos los conflictos, sobre todo los que son de carácter vecinal y comunitario.

Reconocen de la existencia de mucho descontento, pero tiene que verse como un proceso nuevo, es un nuevo sistema, los cambios no son fáciles y se está en esa etapa, y existía una estrategia para el fortalecimiento en las comunidades, pero al llegar la pandemia de la Covid-19 se ha tenido que replantear la organización, agregó.

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