Corte declara ilegal decreto municipal sobre sanciones, por estacionar sobre aceras

Corte declara ilegal decreto municipal sobre sanciones, por estacionar sobre aceras
La Sala Tercera de la CSJ declaró ilegal decreto municipal sobre estacionamientos en aceras. Foto, archivo.

El 1 de agosto de 2019, la Alcaldía de Panamá emitió el decreto No.025-2019 “Que modifica sanciones y multas impuestas aplicables en el Municipio de Panamá”, el cual fue declarado por la Sala Tercera de la CSJ.

Los magistrados de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia determinaron que la Alcaldía de Panamá no está facultada para imponer multas a vehículos aparcados en aceras, plazas y parques.

La Sala Tercera de la máxima corporación de justicia del país, concluyó que es ilegal el decreto No.025-2019 de 1 de agosto de 2019 emitido por el alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega, inherente a las multas por estacionar vehículos sobre las aceras, zonas verdes y espacios públicos.

Así lo indica el fallo del 9 de junio de 2021 que lleva la firma de los magistrados Cecilio Cedalise (ponente), Luis Ramón Fábrega y Carlos Vásquez Reyes.

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), señalaron que en el decreto emitido por la alcaldía de Panamá, no se tomó en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de Tránsito Vehicular, de la Autoridad Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, que establece sanciones al incurrir en estas mismas faltas.

En este sentido, se explica, “los residentes del distrito de Panamá se verían expuestos a una doble sanción por una infracción contenida en el reglamento de tránsito, y que la Alcaldía estaría invadiendo competencias de la ATTT”.

El 1 de agosto de 2019, la Alcaldía de Panamá emitió el decreto No.025-2019 “Que modifica sanciones y multas impuestas aplicables en el Municipio de Panamá”, que establecía multas de B/.500.00 hasta B/.2,000.00 a los propietarios de vehículos  que se estacionaran en isletas y aceras.

El 14 se febrero de 2020 la Corte Suprema de Justicia admitió una denuncia interpuesta por el abogado Ernesto Cedeño, y, a su vez, ordenó suspender el decreto en referencia, de forma provisional, en tanto que el alcalde Fábrega, revocó su decisión hasta que se emitiera el fallo por la sala tercera de la Corte Suprema de Justicia.

 

 

 

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