Productos plásticos de un solo uso prohibidos para la comercialización

Productos plásticos de un solo uso prohibidos para la comercialización
Agentes económicos de todo el país fueron debidamente orientados sobre la Ley 187 de 2020. Foto/Cortesía Acodeco.

Se inspeccionaron más de mil locales comerciales para orientar a dependientes y hacer cumplir la normativa.

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), realizó inspecciones en comercios del país con la entrada en vigencia el pasado 1 de julio de 2021, de la primera fase de la Ley 187 de 2020 “Que regula la reducción y el reemplazo progresivo de los plásticos de un solo uso”.

Según informó la entidad, la ley prohíbe los siguientes productos a partir de la fecha: hisopos plásticos para el oído, cobertores de plásticos para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos coctel de plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas.

La Acodeco acotó que desde el 1 al 6 de julio de 2021, se visitaron un total de 1,141 establecimientos entre lavanderías, farmacias, tiendas por departamento, supermercados, minisúper y abarroterías, de todo el país.

En los recorridos surgieron interrogantes por parte de los comercios, entre ellas; si las lavanderías pueden usar el plástico de manera interna para proteger la ropa, y al momento de entregarla al consumidor quitárselo.

También preguntaron cuáles materiales podían usar de reemplazo; si podían cortarle el palito al caramelo y venderlo solo, y  estaban esperando el plazo que se le daría, para aplicación de la medida.

Según la institución, se levantó un documento de preguntas frecuentes que se encuentra en la web   https://www.acodeco.gob.pa y que puede ser consultado por todos.

Acodeco es la entidad responsable de velar por la no comercialización de los productos de plástico de un solo uso, conforme el artículo 9 de la Ley 187 y la imposición de sanción.

Sin embargo, le corresponde al Ministerio de Ambiente la reglamentación, donde se establecerá la tipificación de las faltas.

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