La nueva legislación busca darle espacios de participación y empoderar a la juventud.
La creación del Consejo Nacional de la Juventud, elevada a ley por el Proyecto 63, bajo los principios de la no discriminación, dará la validez a este grupo de la población productiva para recomendar, promover y respetar las políticas públicas que sean aprobadas por el Estado en su Consejo de Gabinete.
Este es el punto en que se enfoca la iniciativa, refrendada en tercer debate, que establece el reconocimiento de organizaciones juveniles y dicta otras disposiciones, que promueve la participación de la juventud organizada en temas de interés nacional desde los distintos ámbitos, como lo político, económico, cultural, empresarial, deportivo y de otros tipos.
El documento establece que no se requiere para la presentación de la solicitud de registro que la organización cuente con la actuación de un abogado que refrende o lleve a cabo los trámites correspondientes.
Contempla que éstas deberán interpretarse con base en los principios y derechos de la participación de la juventud, la no discriminación, la democracia, la igualdad, la libertad de conciencia, culto, la diversidad, la sostenibilidad, la transparencia, la justicia, la paz y la equidad.
Indica que no habrá discriminación cuando la conformación de las organizaciones juveniles esté basada en aspectos como sexo (femeninas o masculina), raza, etnia o cultura, que existan en el país, así como de edad (organizaciones conformadas por personas de rangos específicos, como sub 17, sub 20 y otros).
Una vez cumplidas las formalidades legales correspondientes, serán inscritas y autorizadas para recibir donaciones deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR) autorizadas por la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
La iniciativa añade que las organizaciones juveniles serán registradas ante el Ministerio de Gobierno (MINGOB), siempre que estas cumplan con todas las exigencias establecidas en la ley y la reglamentación.