¿Justicia comunitaria?

¿Justicia comunitaria?
El autor es periodista, profesor de Español y magíster en Educación.

La única forma de lograr la convivencia pacífica es, precisamente, prevenir los problemas, lo cual significa que los jueces de paz deben atender las quejas de la comunidad y no esperar hasta que se formen las trifulcas.   

Cada vez que surgen situaciones de ausencia de atención a los problemas comunitarios, como falta de agua potable, constantes apagones que dañan electrodomésticos y las calles intransitables que, por lo general, les impiden circular libremente los pobladores de la comunidad afectada suelen trancar las calles.

De esta forma, llaman la atención de las autoridades, aún a sabiendas de que con esto perjudicarán a miles de personas que desean mantener usar esas vías libres para llegar a sus lugares de trabajo, cumplir con citas médicas y realizar otro sinfín de diligencias vitales.

Como de costumbre, los usuarios de las vías se disgustan por la actitud de los “mortificados” vecinos y muchas veces ocurren enfrentamientos. Para disolver el cierre de calles, las autoridades envían a la policía de multitudes a calmar la situación imperante.

Después de horas de trifulcas con la policía, se aparecen, como por arte de birlibirloque, los funcionarios encargados de atender los problemas de las comunidades, pero al final prometen un diálogo con representantes de la comunidad y los jueces de paz, cuya función es prevenir y sancionar las conductas y actos que alteren la paz y la convivencia pacífica en los corregimientos.

¡Qué interesante! La única forma de lograr la convivencia pacífica es, precisamente, prevenir los problemas, lo cual significa que los jueces de paz deben atender las quejas de la comunidad y no esperar hasta que se formen las trifulcas.

Ahora cabría preguntar quiénes son los verdaderos culpables de los malestares causados a terceras personas.  A las autoridades  no parece importarles un ápice con la tranquilidad de las personas que en reiteradas ocasiones salen a trancar las vías como protesta formal para buscar solución a sus descontentos.

¿Cuántas veces no se han escuchado quejas, por ejemplo, de que el IDAAN no repara una tubería que desperdicia el agua durante largo tiempo o que el MOP no presta atención a las calles destruidas, etc.? Según informan los quejosos, a pesar de que elevan las quejas a las instituciones, nadie hace el esfuerzo por resolverlas.

Pero se supone que en Panamá se ha instituido una justicia comunitaria de paz, que “aparentemente”, ha sustituido a la justicia administrativa de Policía, que era impartida por los corregidores y jueces nocturnos, muchas veces, de manera injusta.

Según las normas, los jueces de paz atenderán a los usuarios que acudan a sus instancias, de acuerdo con los principios de la justicia de paz y sin discriminación de raza, sexo, religión, o ideología política, para ayudarlos a resolver sus controversias y promover la convivencia pacífica a través de los métodos alternos de solución de conflictos, como lo son la mediación, conciliación y la práctica de círculos de paz. En cada corregimiento funcionará una casa de justicia comunitaria.

Lo primero que deben hacer los jueces de paz cada vez que se presenta un problema es acudir al lugar de los hechos y conversar con las partes en conflicto y no esperar que se tranquen las calles para después sancionar a los manifestantes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *