MiAmbiente rechazó EIA de proyecto Desarrollo Marítimo en Amador

MiAmbiente rechazó EIA de proyecto Desarrollo Marítimo en Amador
La Calzada de Amador. FOTO/ @atp_panama

La decisión fue plasmada en la La Resolución N° DEIA-IARECH-004-2022 del 6 de mayo del 2022.

El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente), informa que luego de realizar el debido proceso de evaluación, fundamentado en la Resolución N° DEIA-IARECH-004-2022 del 6 de mayo del 2022, rechazó el Estudio Impacto Ambiental categoría 3, correspondiente al proyecto denominado: Desarrollo Marítimo Amador (Amador Maritime Development), cuyo promotor es la sociedad L.G.S. Panama Tourism Development S.A.

La Resolución detalla los comentarios emitidos por las unidades ambientales sectoriales y otras direcciones de la entidad, que explican desde su posición, por qué este proyecto no tendría viabilidad.

En la sección de los argumentos se explica que el área sobre el cual se pretende desarrollar el proyecto fue declarada como Zona Turística Especial por sus condiciones especiales para la atracción y retención del turismo.

“En ese sentido, podemos señalar que el objetivo del presente proyecto es el relleno de una superficie de 50 hectáreas de fondo marino que sentará las bases para la ejecución de un Plan Maestro, propuesta que modificaría de manera permanente el área ocupada por dichas obras, alterando factores bióticos y abióticos que existen en esa zona, así como también modificaría de manera permanente la composición actual del paisaje, el cual es uno de los atributos de atracción turística”, sustenta la resolución emitida por el MiAmbiente.

La Resolución también determina que la línea base en cuanto al análisis del aspecto ambiental (calidad e agua) es deficiente. “La muestra captada no es representativa, lo que no permite conocer la condición real de la calidad de agua marina. Esta postura coincide con las observaciones técnicas proferidas por la Comisión de Revisión Departamento de Hidráulica, Sanitaria, y Ciencias Ambientales de la Universidad Tecnológica de Panamá”.

El artículo 5 del resuelto, indica que la Sociedad podrá interponer un recurso de reconsideración, siempre y cuando sea dentro del plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la notificación.

Acogiéndonos a la importancia de ser transparentes en los procesos, todo aquel interesado en este estudio de impacto ambiental puede ingresar a http://prefasia.miambiente.gob.pa/ dentro del portal web de MiAmbiente.

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