Sobre uso correcto de fondos públicos, TE capacitó a Secretarías de Juventud partidos políticos

Sobre uso correcto de fondos públicos, TE capacitó a Secretarías de Juventud partidos políticos
Durante la actividad se brindó información sobre el Decreto 32 del 21 de junio de 2022, que reglamenta la presentación y sustentación de los documentos, registros y cierres contables relacionados con los gastos en que incurren los colectivos políticos. Foto, Tribunal Electoral.

La capacitación dirigida a los miembros del Foro Nacional de la Juventud de los Partidos Políticos, tiene el objetivo de explicar las últimas modificaciones en el manejo del financiamiento público postelectoral, las responsabilidades,  los objetos de gastos, documentos sustentadores y prohibiciones, entre otros temas.   

El tema central de una jornada de capacitación dictada por la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político, del Tribunal Electoral (TE), fue sobre el uso correcto de los fondos públicos para el funcionamiento  de las secretarías de la juventud de los partidos políticos.

La capacitación dirigida a los miembros del Foro Nacional de la Juventud de los Partidos Políticos, tiene el objetivo de explicar las últimas modificaciones en el manejo del financiamiento público postelectoral, las responsabilidades,  los objetos de gastos, documentos sustentadores y prohibiciones, entre otros temas.

La auditora, Dorca Rodríguez, manifestó que es la primera vez que a las Secretarías de la Juventud de los partidos políticos se les otorga un fondo  del financiamiento político (20%) y recalcó que este debe ser utilizado con transparencia.

Las responsabilidades de las Secretarías de la Juventud  son:

– Presentar el plan anual de educación cívica-política y capacitación de la juventud, el cual debe indicar los objetivos, actividades, cronogramas del plan de trabajo.

– Presentar los documentos sustentadores que incluyan los respectivos montos al partido.

– La autorización de la Secretaría de la Juventud que recibe el funcionamiento público del partido y conservar los archivos físicos, respetando el orden cronológico que sustentan las operaciones realizadas y firmadas por cinco años, conservándolos en buen estado.

Las prohibiciones son las siguientes:

– Realizar traslados o préstamos del fondo de capacitación política al fondo de funcionamiento.

– Realizar traslados o préstamos del fondo de gastos fijos de funcionamiento a cualquier otro fondo.

– Realizar traslados o préstamos del fondo de la juventud a cualquier otro fondo.

De acuerdo con la distribución del financiamiento público poselectoral, el Código Electoral establece que el 60 % será destinado a gastos de funcionamiento y el 40 % a gastos de capacitación.

Durante la actividad se brindó información sobre el Decreto 32 del 21 de junio de 2022, que reglamenta la presentación y sustentación de los documentos, registros y cierres contables relacionados con los gastos en que incurren los colectivos políticos.

El director de Fiscalización del Financiamiento Político, Isidro Carbonell y el subdirector Ramón Tejada, acompañados con su equipo de trabajo, respondieron las preguntas de los participantes.

 

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