CSJ: Décimo tercer mes de funcionarios debe ser igual que el sector público

CSJ: Décimo tercer mes de funcionarios debe ser igual que el sector público
Foto: A. Internacional

El fallo establece que el topo de $550 implica privar al funcionario de un ingreso que ya ha sido obtenido

De manera unánime el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la norma que regula el límite del sueldo que calcula el décimo tercer mes del sector público.

El fallo, bajo la ponencia del magistrado Olmedo Arrocha resuelve dos demandas inconstitucionales interpuestas contra los numerales 1 y 2 del artículo 1 de la Ley N° 52 del 16 de mayo de 1994, que sustituye el décimo tercer mes para los funcionarios.

Indica que establecer un tope implica privar al funcionario de un ingreso que ya ha sido obtenido y forma parte de su patrimonio.

El fallo destaca que la norma vigente aplica un trato desigual y discriminatorio a los funcionarios, al no permitirle obtener un décimo tercer mes de acuerdo a su salario real.

El fallo se basó ante dos demandas, la primera fue presentada por José Isabel Quintero, Víctor Luis Castillo Ortega, Franchiska Kamani Avila y Joel Alexis De León Quintero, en su propio nombre.

A segunda acción, fue formulada por Martín Jesús Molina Rivera actuando también en su propia representación.

Los demandantes alegaron que la actual norma viola los artículos 19 y 20 de la Constitución y el artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Actualmente, los trabajadores del sector público se les calcula el décimo tercer mes en base a un salario tope de $550 y con esta decisión de la CSJ, los funcionarios podrían recibir el mismo beneficio del sector privado, a quienes se le calcula el décimo en base a su salario.

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