- Prendas de vestir;
- Artículos de uso personal y otros artículos en cantidad proporcional a las condiciones del viajero, tales como joyas, bolsos de mano, artículos de higiene personal o de tocador;
- Medicamentos, alimentos, instrumentos, aparatos médicos, artículos desechables utilizados con éstos, en cantidades acordes con las circunstancias y necesidades del viajero. Los instrumentos deben ser portátiles. Silla de ruedas del viajero si es minusválido. El coche y los juguetes de los niños que viajan;
- Artículos para el recreo o para deporte, tales como equipo de tensión muscular, máquinas para caminar y bicicleta, ambas estacionarias y portátiles, tablas de surf, bates, bolsas, ropas, calzado y guantes de deporte, artículos protectores para béisbol, fútbol, baloncesto, tenis u otros;
- Un (1) aparato de grabación de imagen, un (1) aparato fotográfico, una (1) cámara cinematográfica, un aparato de grabación y reproducción de sonido, y sus accesorios; hasta seis (6) rollos de película o cinta magnética para cada uno; un (1) receptor de radiodifusión; un (1) receptor de televisión; un (1) gemelo prismático o anteojo de larga vista y un (1) teléfono móvil, todos portátiles;
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- Una (1) computadora personal, una (1) calculadora, una (1) agenda electrónica, todas portátiles;
- Herramientas, útiles e instrumentos manuales del oficio o profesión del viajero, siempre que no constituyan equipos completos para talleres, oficinas, laboratorios, u otros similares;
- Instrumentos musicales portátiles y sus accesorios;
- Libros, manuscritos, discos, cintas y soportes para grabar sonidos o grabaciones análogas. Grabados, fotografías y fotograbados no comerciales;
- Quinientos gramos (500gr) de tabaco elaborado en cualquier presentación, siempre que cumpla con la legislación nacional, cinco (5) litros de vino, aguardiente o licor, por cada viajero mayor de edad y hasta dos kilogramos (2kg) de golosinas;
- Armas de caza y deportivas, quinientas (500) municiones, una (1) tienda de campaña y demás equipo necesario para acampar, siempre que se demuestre que el viajero es turista. El ingreso de esas armas y municiones estará sujeto a las regulaciones vigentes de la República de Panamá.
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