,

OMI prohíbe el transporte de combustible fueloil no reglamentario en buques

OMI prohíbe el transporte de combustible fueloil no reglamentario en buques
El nuevo límite mundial del contenido de azufre del combustible de los buques se reduce al 0,50% del 3,50% que rigió hasta 2019.

La norma es una medida complementaria para reducir el contenido de azufre en el combustible marino en los buques.

Desde el pasado 1 de marzo de 2020, empezó a regir una nueva reglamentación de la Organización Marítima Internacional (OMI), para contribuir con la disminución de las emisiones perjudiciales de óxidos de azufre en el ambiente.

La enmienda complementaria prohíbe el transporte de fueloil no reglamentario para combustión destinado a ser utilizado en la propulsión o el funcionamiento a bordo de los buques, a menos que esté equipado de un sistema de limpieza de los gases de escape aprobado “lavadores”.

Esta disposición es una medida adicional a la regla implantada el pasado 1 de enero de 2020, que reduce el contenido de azufre en el combustible marino de los buques en un máximo de 0.5%.

“Aprobada en 2008 y confirmada en 2016 en virtud del tratado MARPOL de la OMI, su aplicación práctica conlleva importantes beneficios para el medio ambiente y la salud humana a partir de una reducción de los óxidos de azufre en el aire”, destacó la OMI.

La enmienda recién en vigencia busca apoyar la implantación y el cumplimiento uniformes y proporcionar un medio para la aplicación efectiva por parte de los Estados, particularmente por la supervisión por el Estado rector del puerto.

En las zonas de control de emisiones designadas, el límite máximo de azufre en el fueloil es del 0,10% (las cuatro zonas: la zona del mar Báltico; la zona del mar del Norte; la zona de Norteamérica (que cubre las zonas costeras designadas frente a los Estados Unidos y Canadá); y la zona del mar Caribe de los Estados Unidos (alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos)).

El pasado 1 de enero de 2020, entró en vigencia la reglamentación de la Organización Marítima Internacional que reduce de 3.5% a 0.5% el contenido de azufre en los combustibles marinos de los buques.

Una Respuesta
  1. Muy bien hesa regulación de la omi ahora falta que las autoridades las agan cumplir

Responder a Tito Abdon Vera Medina Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *